LEY BRISA (N° 27.452)
¿De qué se trata?
Es un régimen de reparación económica. Es un pago mensual que debe ser abonado por el Estado Nacional, por un valor equivalente a una jubilación
mínima. Es retroactivo al momento de cometerse el delito.
Se puede cobrar esta reparación además de otras prestaciones como la Asignación Universal por Hijo, Asignaciones Familiares, las pensiones, el régimen de alimentos
que perciban por parte de su progenitor/a y/o progenitor/a afín u otro familiar, y/o con cualquier otra prestación de la cual sean destinatarios/as.
El Estado nacional debe asignarle una cobertura integral de salud.
¿Para quiénes?
Niñas, niños y adolescentes (menores de 21 años) o personas con discapacidad, argentinas o residentes permanentes o transitorias que:
1. Su progenitor (padre) Y/O PROGENITOR AFIN Haya SIDO PROCESADO O CONDENADO por haber asesinado o estar vinculado al asesinato de su madre;
2. Su progenitor (padre) Y/O PROGENITOR AFIN Haya muerto y estuviera siendo investigado por el asesinato de su madre.
3. CUALQUIERA DE SUS PROGENITORES O PROGENITORES AFINES haya fallecido por violencia en la familia o de género.
(1) de acuerdo con el artículo 22 y 23 de la ley 25.871
¿Cómo acceder?/más información
¿Dónde la podés tramitar?
https://www.anses.gob.ar/regimen-de-reparacion-economica-para-las-ninas-ninos-y-adolescentes-ley-27452
Ante incumplimientos, podes ponerte en contacto con:
SENNAF: https://www.argentina.gob.ar/reparacion-economica-ley-brisa
Defensora de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes:
mesadeentradas@defensoraderechosnnya.gob.ar