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PARTICIPACIÓN POLITICA

CUPO FEMENINO EN EL CONGRESO NACIONAL (N° 24.012)

¿De qué se trata?

Esta ley tiene como objetivo generar mejores condiciones para las mujeres frente a la situación de desigualdad al momento de ser electas. Se establece que las listas
para elecciones a cargos públicos deben contar con un piso mínimo del treinta por ciento (30%) de mujeres y proporcionales “con la posibilidad de ser electas”.

¿Para quiénes?

Esta Ley busca el acceso y participación de las mujeres en los cargos electivos, que puedan ser elegidas (representación descriptiva). Por su parte permite que en el Congreso cuenten con presencia de mujeres en las bancas y con ello se contribuya a la igualdad de género (representación sustantiva).
Por último, le da la posibilidad a la ciudadanía de poder votar a esas mujeres que conforman las listas.

¿Cómo acceder?/Más información

Si estas inscripta en el padrón electoral de un distrito tenes el derecho de impugnar ante la Justicia Electoral a cualquier persona precandidata o candidata cuando no se cumpla con lo estipulado. https://www.electoral.gob.ar/nuevo_legislacion/mujer.php

 

Decreto 1246/2000
Ley de Paridad (N°27.412)

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