CUPO FEMENINO EN EL CONGRESO NACIONAL (N° 24.012)
¿De qué se trata?
Esta ley tiene como objetivo generar mejores condiciones para las mujeres frente a la situación de desigualdad al momento de ser electas. Se establece que las listas
para elecciones a cargos públicos deben contar con un piso mínimo del treinta por ciento (30%) de mujeres y proporcionales “con la posibilidad de ser electas”.
¿Para quiénes?
Esta Ley busca el acceso y participación de las mujeres en los cargos electivos, que puedan ser elegidas (representación descriptiva). Por su parte permite que en el Congreso cuenten con presencia de mujeres en las bancas y con ello se contribuya a la igualdad de género (representación sustantiva).
Por último, le da la posibilidad a la ciudadanía de poder votar a esas mujeres que conforman las listas.
¿Cómo acceder?/Más información
Si estas inscripta en el padrón electoral de un distrito tenes el derecho de impugnar ante la Justicia Electoral a cualquier persona precandidata o candidata cuando no se cumpla con lo estipulado. https://www.electoral.gob.ar/nuevo_legislacion/mujer.php
Decreto 1246/2000
Ley de Paridad (N°27.412)