¿De qué se trata?
Incorpora al Programa Médico Obligatorio (PMO) de las obras sociales, prepagas y entidades que presten servicios sanitarios, un protocolo para el abordaje integral de personas víctimas de violencia de género a través de la cobertura total e integral de las prácticas preventivas y terapéuticas.
Se incluyen todas las terapias médicas, psicológicas, psiquiátricas, farmacológicas, quirúrgicas, y toda otra atención que resulte necesaria o pertinente.
Dicho protocolo lo elaborará el Ministerio de Salud en conjunto con el Ministerio de Mujeres, Género y Diversidad.
Según la Ley N° 26.485 la violencia de género se define como “toda conducta, por acción u omisión, basada en razones de género, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, participación política, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes”.
Los tipos de violencia son: física, psicológica, sexual, económica y patrimonial, simbólica y política.
Las modalidades son: doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica, mediática, en el espacio público y la violencia pública-política.
¿Para quiénes?
Mujeres y personas LGTBIQ+ víctimas de violencia de género.