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MIGRACIONES

POLÍTICA MIGRATORIA ARGENTINA (LEY 25.871)

¿De qué se trata?

Esta ley establece el marco regulatorio que rige para las personas extranjeras que quieren ingresar, residir, permanecer o establecerse en nuestro país.  Se entiende por "inmigrante" toda aquella persona extranjera que desee ingresar, transitar, residir o establecerse definitiva, temporaria o transitoriamente en el país conforme a la legislación vigente.
Teniendo en cuenta que el derecho a la migración es esencial e inalienable para todas las personas,  la República Argentina lo garantiza sobre la base de los principios de igualdad y universalidad. Es por esto que el Estado se compromete a asegurar las condiciones que garanticen una efectiva igualdad de trato a fin de que los extranjeros puedan gozar de sus derechos y cumplir con sus obligaciones, en las mismas condiciones que lo hacen las personas con nacionalidad Argentina, en especial a lo referido a servicios sociales, bienes públicos, salud, educación, justicia, trabajo, empleo y seguridad social. Siempre que satisfagan las condiciones establecidas para su ingreso y permanencia, de acuerdo a las leyes vigentes. 
Entre sus principales objetivos esta ley fija cuáles serán las líneas políticas fundamentales y bases estratégicas en materia migratoria, para dar cumplimiento a los compromisos internacionales que nuestro país tiene en materia de derechos humanos, integración y movilidad de los migrantes. Entre ellas se destacan: 
a) Contribuir al logro de las políticas demográficas que establezca el Gobierno Nacional con respecto a la magnitud, tasa de crecimiento y distribución geográfica de la población del país;
b) Contribuir al enriquecimiento y fortalecimiento del tejido cultural y social del país;
c) Garantizar el ejercicio del derecho a la reunificación familiar;
d) Promover la integración en la sociedad argentina de las personas que hayan sido admitidas como residentes permanentes;
e) Asegurar a toda persona que solicite ser admitida en la República Argentina de manera permanente o temporaria, el goce de criterios y procedimientos de admisión no discriminatorios en términos de los derechos y garantías establecidos por la Constitución Nacional, los tratados internacionales, los convenios bilaterales vigentes y las leyes;
f) Promover y difundir las obligaciones, derechos y garantías de los migrantes, conforme a lo establecido en la Constitución Nacional, los compromisos internacionales y las leyes, manteniendo en alto su tradición humanitaria y abierta con relación a los migrantes y sus familias;
g) Promover la inserción e integración laboral de los inmigrantes que residan en forma legal para el mejor aprovechamiento de sus capacidades personales y laborales a fin de contribuir al desarrollo económico y social de país;
h) Facilitar la entrada de visitantes a la República Argentina para los propósitos de impulsar el comercio, el turismo, las actividades culturales, científicas, tecnológicas y las relaciones internacionales;
i) Promover el orden internacional y la justicia, denegando el ingreso y/o la permanencia en el territorio argentino a personas involucradas en actos reprimidos penalmente por nuestra legislación;
j) Promover el intercambio de información en el ámbito internacional, y la asistencia técnica y capacitación de los recursos humanos, para prevenir y combatir eficazmente a la delincuencia organizada transnacional.
 

¿Para quiénes?

Para todas las personas extranjeras que quieran ingresar, transitar, residir o establecerse en la Argentina.

¿Cómo acceder?/más información

Para más información se recomienda visitar la página oficial de Migraciones (Ministerio del Interior de la Nación)
 
 

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