Se otorga a la madre trabajadora en relación de dependencia el derecho a seis meses de licencia sin goce de sueldo desde la fecha del vencimiento del período de prohibición de trabajo por maternidad cuando se produzca el nacimiento de un hijo/hija con Síndrome de Down. El mismo deberá ser comunicado al empleador de manera fehaciente con certificado médico expedido por la autoridad sanitaria oficial, al menos 15 días previos al vencimiento antes mencionado.
Durante este período de licencia, la trabajadora percibirá una asignación familiar cuyo monto será igual a la remuneración que percibiría de estar prestando servicios. Esta prestación se percibirá en las mismas condiciones y con los mismos requisitos que corresponden a la asignación por maternidad.
Para las madres trabajadoras en relación de dependencia cuando se produzca el nacimiento de un hijo/hija con Síndrome de Down.
Fecha
Sancionada: 2 de Octubre de 1996.
Boletín Oficial: 25 de Octubre de 1996.
ANSES - Pasos para solicitar la asignación que cobran las trabajadoras registradas en reemplazo de su sueldo por hasta 180 días si el bebé nace con Síndrome de Down
https://www.anses.gob.ar/asignacion-por-maternidad-down
Ley de Contrato de Trabajo - Capítulo II, de la protección de la maternidad
Ley N° 23.179 - Aprobación de la Convención sobre eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer