Se incorpora, de manera obligatoria, el examen de detección del estreptococo Grupo B Agalactiae, como práctica rutinaria de control y prevención a todas las personas embarazadas con edad gestacional entre las semanas 35 y 37, presenten o no condiciones de riesgo. En caso de dar resultado positivo, se establece la obligatoriedad del tratamiento tanto en la madre como en la persona recién nacida, correspondiente con la modalidad y tiempo previsto por la medicina, a fin del control de la bacteria. Dicho examen bacteriológico como también la profilaxis, deberán ser considerados como prestación de rutina en los establecimientos de salud públicos o privados, como por las obras sociales, seguros médicos, prepagas y todo otro organismo financiador de prestaciones de la salud.
Para todas las personas embarazadas que se encuentran en el territorio nacional.