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NORMATIVA INTERNACIONAL

CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS (PACTO DE SAN JOSÉ DE COSTA RICA) APROBADO POR LEY N° 23.054.

¿De qué se trata?

La Convención establece que los Estados tienen que respetar los derechos que se le reconocen a todas las personas: al reconocimiento de su personalidad jurídica; a que se respete su vida; a que se respete su integridad física, psíquica y moral; a la libertad y a la seguridad personal; al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad; a la libertad de conciencia y de religión; a la libertad de pensamiento y de expresión; a la reunión pacífica y sin armas; a asociarse libremente con fines ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole; a un nombre propio y a los apellidos de sus padres o al de uno de ellos; a una nacionalidad; al uso y goce de sus bienes; a circular legalmente por el Estado en el que se encuentre y a residir en él con sujeción a las disposiciones legales.

 

Asimismo, también se determina que ninguna persona puede ser sometida a esclavitud o servidumbre, y están prohibidas en todas sus formas.

 

Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter. 

 

También se establece que toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmente reglamentados y que se dirijan al público en general, tiene derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la ley.

 

En el caso de las infancias se establece que tienen derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado.

 

Se establecen derechos políticos tales como participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegides; votar y serlo en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de las personas electoras; y tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.

 

Respecto a la igualdad, se establece que todas las personas son iguales ante la ley. En consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley.

¿Para quiénes?

Para toda persona que esté sujeta a la jurisdicción de los Estados Parte de la Convención, entre ellos Argentina, sin discriminación alguna por motivos étnicos, sexo, idioma, religión,

opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.


¿Cómo acceder?/Más información

Fecha

Ley N° 23.054

Sancionada: 1 de marzo de 1984.

Boletín Oficial: 27 de marzo de 1984.

 

Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica)

Fecha: 22 de noviembre de 1969.

 

Más información

Comisión Interamericana de Derechos Humanos http://www.oas.org/es/cidh/

Portal del Sistema Individual de Peticiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos http://www.oas.org/es/cidh/portal/

Corte Interamericana de Derechos Humanos https://www.corteidh.or.cr/

Secretaría de Derechos Humanos de la Nación - Argentina https://www.argentina.gob.ar/derechoshumanos 

Declaración Americana de los derechos y Deberes del Hombre http://www.saij.gob.ar/0-internacional-declaracion-americana-derechos-deberes-hombre-lnt0005455-1948-04-30/123456789-0abc-defg-g55-45000tcanyel

Declaración Universal de Derechos Humanos http://www.saij.gob.ar/0-internacional-declaracion-universal-derechos-humanos-lnt0004454-1948-12-10/123456789-0abc-defg-g45-44000tcanyel
Enlace a la Ley N° 23.054

http://www.saij.gob.ar/23054-nacional-aprobacion-pacto-san-jose-costa-rica-lnt0003150-1984-03-01/123456789-0abc-defg-g05-13000tcanyel

Enlace a la Convención Americana sobre Derechos Humanos https://www.oas.org/dil/esp/tratados_b-32_convencion_americana_sobre_derechos_humanos.htm 

 

La Convención aborda un amplio espectro de derechos que hacen a la dignidad de la persona humana y, debido a su importancia, sobrepasan la temática que aborda el portal de Género de la HCDN.
En la redacción se utiliza la contenida en la Convención, redactada en género masculino.


 

 

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