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CUPO FEMENINO Y ACCESO DE ARTISTAS MUJERES A EVENTOS MUSICALES (LEY 27.539)

¿De qué se trata?

Esta ley tiene como objetivo regular el cupo femenino del 30% y el acceso de las artistas mujeres a los eventos de música en vivo públicos o privados con o sin fines de lucro. Las artistas deben estar registradas en el Registro Único de Músicos Nacionales y Agrupaciones Nacionales Musicales.

Están obligados a cumplir con el cupo quienes cumplan la función de producto/a y/o curador/a y/o organizador/a  y/o responsable comercial del evento. A su vez, deben acreditar de manera fehaciente ante el INAMU, dentro de los noventa (90) días previos a la realización del espectáculo o dentro de los cinco (5) días posteriores de la puesta a la venta de las entradas al mismo y/o publicidad del evento el cumplimiento del cupo. Quienes no cumplan con el mismo se les impondrá una sanción de multa.

¿Para quiénes?

Artistas mujeres, integrantes femeninas y/o agrupaciones musicales nacionales mixtas que participen en  eventos de música en vivo.

¿Cómo acceder?/Más información

Instituto Nacional de la Música (INAMU)

https://inamu.musica.ar/registro_unico

FECHA DE SANCIÓN: 20 de noviembre de 2019

Creación del Instituto Nacional de la Música (Ley 26.801)