CUERPO DE ABOGADAS Y ABOGADOS PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO (N° 27.210)
¿De qué se trata?
Esta Ley crea un Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género, que dependiente del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad, brinda patrocinio jurídico gratuito integral a personas víctimas de violencia de género en concordancia con la Ley 26.485, garantizando su derecho de acceso a la justicia.
Entre sus principales funciones se destacan:
-Coordinar con organismos del Poder Ejecutivo, el Poder Judicial y el Ministerio Público de la Defensa y Fiscal (nacional, provincial o local);
-Celebrar convenios y articular con colegios profesionales, instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil para brindar asistencia jurídica especializada y gratuita;
-Realizar capacitación y sensibilización técnica, para personas operadoras administradoras de justicias e implicadas el abordaje integral de la violencia de género;
-Difundir los servicios de patrocinio jurídico y asesoramiento legal integral en toda la Administración Pública Nacional;
-Formular recomendaciones y propuestas legislativas en materia de violencia de género;
-Fomentar la producción y difusión de informes e investigaciones relacionados con las causas, la naturaleza, la gravedad y las consecuencias de la violencia de género;
-Promover la unificación de criterios para el registro de información sobre hechos y casos de violencia de género, elaborando estadísticas y difundiéndolas periódicamente.
¿Para quiénes?
Para todas las personas víctimas de violencia de género en todos sus tipos y modalidades así como las ejercidas por razones de identidad de género y orientación sexual, que requieran patrocinio jurídico gratuito y asesoramiento legal, en todo el territorio nacional.